
Indice de Contenido
Documentos requeridos
Modalidad Integral
- Certificado de libertad y tradición inmobiliaria de los inmuebles objeto de estudio con fecha de expedición menor a 30 días..
- Certificado de mayor extensión con fecha de expedición menor a 30 días (Inmuebles nuevos )
- Copia de la cédula de identificación del (los) cliente(es).
- Copia de cédula de identificación del (los)vendedor (es)
- Soporte del pago del estudio de títulos
Modalida No integral
Adicionalmente a los documentos anteriormente mencionados se debe aportar lo siguiente:
Escrituras públicas de tradición de los últimos 10 años
Líneas de financiación
Compra de vivienda nueva o usada
Características
- Tu ofreces al Banco como garantía, la hipoteca sobre el inmueble objeto de financiación.
- Porcentaje máximo de financiación del 70% para vivienda familiar y del 60% para vivienda no familiar.
- Plazos desde 5 y hasta 20 años.
- Monto mínimo de financiación de $50.000.000.
- El/los deudor(es) son responsables de impuestos como predial y valorización.
- Desembolsos en Pesos o UVR
RAS- crédito de remodelación ampliación o Subdivisión
Características
- Son las mejoras que se adelantarán sobre un inmueble destinado a vivienda y que en todos los casos mantienen o mejoran las condiciones de habitabilidad de la misma.
- Si el tipo de mejora objeto de realización requiere algún tipo de permiso (ej. Copropiedad, Curaduría, etc.) se debe contar con los mismos antes del inicio de las obras y deben ser presentadas al Banco dentro del proceso de evaluación de la solicitud.
- Plazos desde 5 y hasta 20 años.
- Monto mínimo de financiación de $50.000.000.
- Desembolsos en Pesos o UVR.
- Financiación:
En vivienda Familiar, el valor a financiar será máximo el 50% del valor
comercial del inmueble sin que la sumatoria del saldo de crédito hipotecario
más el crédito para Remodelación, ampliación o subdivisión, sea mayor al 70%
del valor comercial del inmueble.
Para vivienda No Familiar, el valor a financiar será máximo el 40% del valor comercial del inmueble sin que la sumatoria del saldo de crédito hipotecario más el crédito por Remodelación, ampliación o Subdivisión, sea mayor al 60% del valor comercial del inmueble.